Orden de Devolución de Vehículos Detenidos
Orden de Devolución de Vehículos
Descripción
Mediante este servicio puede conocer los requisitos que debe cumplir para gestionar la cita y obtener la orden de devolución de un vehículo detenido a la orden del Cosevi.
Requisitos
Los requisitos solicitados tienen su fundamento jurídico en los artículos 4, 7, 24, 42, 150, 151, 152, 164, 192 y 196 de la Ley de Tránsito 9078 y sus reformas; y en el Reglamento N°39098-MOPT y sus actualizaciones.
El trámite deberá ser realizado por el propietario registral o su mandatario. Para obtener la orden de devolución de un vehículo detenido, sea en las oficinas centrales o regionales del Cosevi, se debe sacar cita previa. Para ello, el sistema validará que el vehículo se encuentre al día con la inspección técnica vehicular y el derecho de circulación.
Para sacar su cita, refiérase al siguiente link: Sacar cita (https://www.csv.go.cr/citas-devolucion-placas-y-vehiculos).
En el caso de no poder gestionar la cita en línea, podrá realizarlo mediante el correo electrónico plataforma-serviciosj@csv.go.cr o acudir directamente a la oficina de Cosevi más cercana.
Requisitos generales
A continuación se detallan los requisitos generales que toda persona usuaria debe cumplir para la obtención de la orden de devolución de un vehículo detenido:
a. Original del documento de identidad vigente, perfecta y completamente legible y en buen estado (cédula de identidad-documento de identidad migratorio-pasaporte, de conformidad con el estatus migratorio legal); personas menores de edad: tarjeta de identificación de menores TIM.
b. Original de la boleta de citación, que generó el retiro del vehículo. Esta debe constar cancelada o impugnada.
c. Título de propiedad, o certificación, registral o notarial, que demuestre a quién le corresponde la titularidad de la propiedad del vehículo o el documento que, acredite la inscripción o registro de la propiedad.
d. Derecho de circulación al día.
e. Inspección técnica vehicular (IVE con resultado "Favorable según normativa del MOPT"; en los casos en que no se cuenta con la IVE, el vehículo podrá ser entregado en Depósito Administrativo con las advertencias de ley, y con el fin de que cumpla con el requisito.
f. Cualquier permiso especial de circulación, en el caso de las unidades autorizadas para la prestación de servicio de transporte público deben aportar la documentación correspondiente original y vigente que acredite la autorización para la prestación del servicio. En el caso de las unidades de ruta regular, la tarjeta de capacidad fungirá como dicha autorización.
g. Pago por acarreo y custodia: A partir del 19 de agosto del año 2015, se debe cancelar acarreo y custodia, de acuerdo al Reglamento N°39098-MOPT y sus actualizaciones.
h. Estado libre de multas: El propietario registral y el vehículo involucrado, deben estar libres de multas al cobro.
i. Traslado de competencia: Cuando el vehículo esté detenido a la orden de una autoridad judicial, se deberá aportar un oficio de autorización de devolución por escrito dirigido a Cosevi, suscrito por el despacho que conoce la causa, salvo que el vehículo se encuentre dentro de sus depósitos donde bastara la orden judicial.
Recomendación: Si el vehículo fue detenido por un inspector de tránsito municipal, se recomienda, para facilitación del trámite, que se aporte documento emitido por la Municipalidad competente, en el que indique que el vehículo está detenido en un depósito municipal o si fue trasladado, se indique hacia dónde y la fecha de traslado.
Requisitos para condición particular
Además de los requisitos mencionados anteriormente que deben ser cumplidos por todos los interesados en el retiro de un vehículo detenido, en los casos que corresponde una condición particular, deberá cumplir con los requisitos que se detallan siguiendo los siguientes enlaces. Recuerde que, de acuerdo a su condición, pueden variar los requisitos.
1. REPRESENTACIONES - descargue el documento respectivo:
- Personas con "Poder especial dirigido al COSEVI".
- Personas con "Poder general o generalísimo".
- Toda persona jurídica, debe aportar personería según la entidad que representa.
2. CONDICIÓN DEL GESTIONANTE:
- Extranjero.
- Extranjero nacionalizado.
- Persona mayor de edad con discapacidad intelectual, mental y psicosocial.
- Persona menor de edad.
Siga el link Condición del gestionante.
3. CONDICIÓN DEL VEHÍCULO:
- Adjudicado por remate o donación.
- Transporte Público.
- Extranjero.
- Copropiedad.
- Depósito judicial.
- Pendiente de subsanar causa de detención.
Siga el link Vehículos con condición particular.
4. Pago del Cálculo de Acarreo y Custodia: El monto de custodia varía diariamente. Para realizar un cálculo del monto aproximado a pagar por acarreo y custodia, siga el siguiente enlace: Cálculo de monto de acarreo y custodia.
En cuanto al uso de la declaración jurada: se admitirá la declaración jurada en cuanto a los requisitos relacionados con:
a. Subsanación de las faltas que originaron el retiro.
b. Propietarios registrales, extranjeros con identificaciones distintas a la consignada en el Registro Nacional.
c. Vehículos no inscritos.
La declaración jurada podrá ser otorgada en escritura pública ante notario público o rendida ante funcionario competente del Cosevi.
Otros enlaces con información Importante
Timbres: Siga este link.
Cita para la entrega de vehículo: Siga este link.
Reglamento para el Cobro de Tarifas por Acarreo Siga este link.
Decreto de actualización 2021 de tarifas de acarreo y custodia: Siga este link.
Ubicación de la Prestación del Servicio
El horario de atención oficial en todas las oficinas del Departamento de Servicio al Usuario de Cosevi, es de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 03:30 p.m.
- Oficina Central-Departamento de Servicio al Usuario: San José, La Uruca, contiguo al Banco Nacional, Plataforma de Servicio al Usuario del Cosevi.
- Oficina Regional de Alajuela: Montecillos, contiguo al plantel del MOPT, Alajuela.
- Oficina Regional de Guápiles: Contiguo a la Delegación Regional de Policía de Tránsito de Guápiles (200 metros sur de Los Tribunales de Justicia).
- Oficina Regional de Limón: De Romanas Búfalo 3 Kilómetros hacia Limón, ingresando 50 metros en la entrada a mano derecha, ubicada frente al predio de contenedores MAERKS RADA.
- Oficina Regional de Cartago: Antigua Delegación Regional de Policía de Tránsito de Cartago.
- Oficina Regional de Naranjo-San Ramón: Rosario de Naranjo, del peaje de Naranjo 2 km al este, sentido hacia Alajuela, segunda entrada a mano derecha, edificio de ventanales.
- Oficina Regional de Pérez Zeledón- Ciudad Cortés: San Isidro, Daniel Flores, final del campo de Exposiciones, mano derecha, contiguo a cancha sintética.
- Oficina Regional de Liberia: 1 Kilómetro al Noroeste de Burger King, carretera hacia La Cruz.
- Oficina Regional de Heredia: Santa Cecilia de Heredia, contiguo a la Delegación de la Policía de Tránsito.
- Oficina Regional de San Carlos: Delegación Regional de la Policía de Tránsito de Ciudad Quesada.
- Oficina Regional del Pacífico Central: Coyolar, Calle Mollejones, 375 metros sur y 400 metros este de la intersección de ruta 27 con ruta 34.
Contactos
Contacto |
Teléfono / Correo |
San José |
2522-0815 / 2522-0973 2522-0974 / 2010-4671 |
Alajuela | 2010-4765 |
Guápiles |
2710-6816 |
Limón |
2010-4715 / 2010-4716 |
Cartago |
2010-4731 |
Naranjo-San Ramón |
2010-4736 / 2010-4736 |
Pérez Zeledón-Osa |
2010-4692/ 2010-4696 |
Liberia |
2010-4698 / 2010-4699 |
Heredia |
2010-4725 |
Pacífico Central |
2010-4639 / 2010-4640 |
San Carlos |
2010-4691 |