Requisitos - Prescripción de Boletas de Citación

Prescripción de Boletas de Citación


Descripción

Este trámite se refiere a la extinción de la obligación de pago por efecto al paso del tiempo desde el momento que quedo en firme la multa, establecido en la ley de tránsito.


Requisitos

Para las boletas de citación confeccionadas antes del 26 de octubre del 2012, debe cumplir con los dos años contados a partir de la firmeza de la resolución o sentencia, Ley de Tránsito 7331 (ART. 181), derogada mediante Ley 9078, la cual establece como plazo de prescripción siete años contados a partir de la firmeza de dicha boleta (Artículo 190).

Prescripción de la pena de multa impuesta

El trámite puede ser realizado por el infractor sancionado o por el propietario registral del vehículo involucrado y se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Escrito de solicitud dirigido a la Unidad de Impugnaciones competente en el que se indique:

  1. Nombre del solicitante
  2. Número de documento de identificación del solicitante.
  3. Presentar original del documento de identificación vigente.
  4. Número de boleta (s) de citación.
  5. Fecha de la firmeza de la boleta (s) de citación (cuando no se haya impugnado la boleta de citación el cómputo del plazo será de diez días después de la fecha de confección de la boleta de citación; en los casos en que se haya impugnado la boleta de citación, se computará a partir del momento en que fuese notificada la confirmación de la boleta por parte de la Unidad de Impugnaciones competente.
  6. Fundamento jurídico de su solicitud.
  7. Medio para recibir notificaciones, mismo que deberá ser una dirección de correo electrónico o un número de fax; debe ser legible. No se realizarán notificaciones a celulares o números de teléfono fijo.

Si un tercero realiza el trámite, éste deberá aportar lo indicado en este inciso, así como:

b) Autorización debidamente firmada por el solicitante.

c) Fotocopia del documento de identidad vigente de quien autoriza.

Todo trámite deberá ser legible y contar con la respectiva firma del solicitante.

Con respecto al documento de identidad, el mismo deberá estar vigente, ser perfecta y completamente legible y estar en buen estado. Serán idóneas las identificaciones, de acuerdo a la condición de cada persona, a saber, si es costarricense o extranjero.

d) Si se trata de un costarricense o un extranjero nacionalizado: El documento idóneo de identificación es la cédula de identidad.

e) Si se trata de un costarricense menor de 18 años y mayo de 12 años, el documento idóneo es la tarjeta de identidad de menores de edad (TIM).

f) Si se trata de un extranjero, deberá presentar el pasaporte, el DIMEX, el carnet de refugiado o permiso laboral que contenga el número de DIMEX; en los casos que se solicite fotocopia del pasaporte, se referirá a las páginas en las cuales se acredita la vigencia del documento.

Cuando el documento de identidad consigne que la persona no firma, está deberá utilizar la figura de firma a ruego.

Cuando el documento de identidad consigne que la persona no firma, está deberá utilizar la figura de firma a ruego.

Aspectos y requisitos importantes de la recepción de solicitudes de prescripción por correo electrónico:

  • El correo electrónico habilitado para recibir solicitudes de prescripción es el siguiente: recepcion-prescripciones@csv.go.cr

  • Esta dirección de correo electrónico es únicamente para recibir solicitudes de prescripción.

  • Este correo NO es para consultas de trámites.

  • En la presentación de la solicitud de prescripción por medio de correo electrónico, el escrito debe estar firmado mediante el uso de Firma Digital o Scanner (escaneada). Solamente se aceptan firmas digitales expedidas por una Oficina de Registro Oficial del Banco Central de Costa Rica, autorizada para emitir certificados de la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE - Persona Física). Para las firmas mediante scanner, la misma debe ser autógrafa y confirmada enviando copia de la cédula o documento de identidad visible.

  • La firma digital o de scanner debe ser de la persona que solicita la prescripción y no de un tercero. La firma digital no requiere autenticación por parte de un abogado o notario, es un acto personalísimo.

  • Los documentos adicionales como la copia de la cédula de identidad y las pruebas deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento.

  • Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes.

  • Fecha de presentación. Para efectos del recibo del documento de solicitud presentados por medio de correo electrónico o fax fuera del horario de servicio oficial del Cosevi, se tendrán por recibidos al día siguiente.


Ubicación de la Prestación del Servicio

  • Puede presentar su solicitud de prescripción en las oficinas regionales de las Unidades de Impugnaciones.
  • Horario de atención oficial en todas las regionales de Impugnaciones COSEVI, de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 03:30 p.m.
  • San José, COSEVI La Uruca, contiguo al Banco Nacional.
  • Alajuela: Montecillos, contiguo al plantel del MOPT, Alajuela.
  • Guápiles: Delegación Regional de Policía de Tránsito de Guápiles (200 metros sur de Los Tribunales de Justicia).
  • Limón: De Romanas Búfalo 3 Kilómetros hacia Limón, ingresando 50 metros en la entrada a mano derecha, ubicada frente al predio de contenedores MAERKS RADA.
  • Cartago: Antigua Delegación Regional de Policía de Tránsito de Cartago.
  • San Ramón: Delegación Regional de Policía de Tránsito de San Ramón.
  • Pérez Zeledón: San Isidro, Daniel Flores, final del campo de Exposiciones, mano derecha, contiguo a cancha sintética.
  • Osa: Ciudad Cortes, Municipalidad de Osa.
  • Liberia: 1 Kilómetro al Noroeste de Burger King, carretera hacia La Cruz.
  • Heredia: Santa Cecilia de Heredia, contiguo a la Delegación de la Policía de Tránsito.
  • San Carlos: Delegación Regional de la Policía de Tránsito de Ciudad Quesada.
  • Orotina: Coyolar, Calle Mollejones, 375 metros sur y 400 metros este de la intersección de ruta 27 con la ruta 34.

Contactos

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San José

2010-46-27

Alajuela

2010-4765

2430-7105 (fax)

Guápiles 2710-6816
Limón 2010-4714
Cartago 2010-4735
San Ramón 2010-4696
Pérez Zeledón 2010-4696
Palmar Norte (Osa) 2782-0000 ext 125
Liberia 2010-4699
Heredia 2010-4752
Orotina 2010-4632
San Carlos 2500-0871